NOTICIAS: Queja de bancos por doble imposición en provincias


22-9-2010 - Las provincias avanzan en doble imposición sobre operaciones de las entidades bancarias, a resguardo de que la ciudad de Buenos Aires no participa en las reuniones de la Comisión Arbitral que administra el Convenio Multilateral para el reparto de la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
“A partir de 2003 aproximadamente se nota un avance de todas las jurisdicciones en perjuicio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la atribución de la base imponible para la liquidación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las entidades financieras”, explicó Alejandro Almarza, del estudio Della Rocca-Piazza-Almarza.

El convenio multilateral es un acuerdo entre provincias para distribuir la base imponible cuando se actúa en más de una de ellas. Las normas del convenio Multilateral para entidades financieras fueron instituidas hacia 1979. A través de ellas se estableció un sistema que trató de ser simple y, dentro de esta simplicidad, lo mas equitativo posible. Es así que se impuso la sumatoria de intereses y actualizaciones activas y pasivas de las entidades, indicó Almarza.

“La elección de este método no fue caprichosa. En Argentina las entidades captan fondos en las provincias, lo que genera en los balances de las sucursales provinciales intereses y actualizaciones pasivas; y a su vez las entidades lo prestan, en general y salvo situaciones regionales puntuales, en la ciudad de Buenos Aires, lo que genera en esta ultima intereses y actualizaciones activas”, añadió.

Si se aplicase el impuesto a los balances de las sucursales por provincia la ciudad de Buenos Aires tendría todos los intereses ganados, y las provincias –siempre excluyendo excepciones regionales– todos los intereses pagados. Consecuentemente se pagaría impuesto solo en la Capital. Es por ello la existencia de la sumatoria para atribuir la base imponible.

Pero a partir de 2003 “las jurisdicciones comenzaron a realizar una interpretación nueva, caprichosa y equivocada de la normativa”, dijo Almarza.

Así por ejemplo muchas de ellas han establecido que las operaciones de “call” entre entidades deben ser atribuidas en función al resto de los ingresos y no a la ciudad, que es donde se hacen las operaciones; lo mismo sucede con los intereses ganados contra el BCRA por las prestamos dados a este ultimo por las casas centrales de los bancos. También establecen que un préstamo prendario sea aplicado a la sucursal de la provincia del lugar donde está el bien prendado en uso, cuando el préstamo ha sido tomado en la casa central del banco, que es donde a su vez tiene cuenta la empresa que toma la prenda cuando en realidad corresponde a la ciudad.

“La consecuencia de estos nuevos criterios es el pago en más de una vez del impuesto sobre la misma base. Y las reuniones de Comisión Arbitral a su vez se realizan sin la participación de la Capital, con lo que carecen de toda realidad económica”, concluyó Almarza.

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